Seguro de cesantía: cuánto te toca y por qué a veces son 2 pagos
Todos conocen la escala de 70%, 60%, 45%… Casi nadie sabe que esos porcentajes no garantizan el número de pagos: los giros se acaban cuando se acaba tu plata.
Es tu plata, no un subsidio
Este es el malentendido de fondo. El seguro de cesantía funciona principalmente como un ahorro forzoso tuyo, no como un beneficio del Estado.
| Contrato indefinido | Aporta | Va a |
|---|---|---|
| Trabajador | 0,6% | Tu cuenta individual |
| Empleador | 1,6% | Tu cuenta individual |
| Empleador | 0,8% | Fondo de Cesantía Solidario |
| Total | 3,0% | — |
En contratos a plazo fijo, por obra o faena, el empleador aporta el 3% completo y el trabajador no aporta nada.
La escala de porcentajes
Con cargo a la cuenta individual, cada giro paga un porcentaje del promedio de tus remuneraciones:
| Giro | % del promedio | Sobre $900.000 |
|---|---|---|
| 1° | 70% | $630.000 |
| 2° | 60% | $540.000 |
| 3° | 45% | $405.000 |
| 4° | 40% | $360.000 |
| 5° | 35% | $315.000 |
| 6° en adelante | 30% | $270.000 |
El promedio se calcula sobre las últimas 10 remuneraciones en contratos indefinidos, y sobre las últimas 5 en contratos a plazo fijo.
El detalle que cambia todo
Esa tabla dice cuánto paga cada giro, no cuántos giros tienes. Los pagos salen de tu cuenta individual y se detienen cuando el saldo se agota.
Por eso dos personas con sueldos parecidos pueden recibir montos y cantidades de pagos muy distintos. Lo que manda es el saldo.
El Fondo Solidario: cuándo entra
Si tu cuenta individual no alcanza, existe el Fondo de Cesantía Solidario, que complementa los pagos. Pero sus requisitos son bastante más estrictos:
| Cuenta individual | Fondo Solidario | |
|---|---|---|
| Causal de término | Cualquiera, incluida renuncia | ❌ No sirve renuncia ni Art. 160 |
| Cotizaciones | 12 mensuales (indefinido) | Más exigente, con continuidad reciente |
| Otros requisitos | — | Saldo insuficiente y estar cesante |
Acá vuelve a aparecer el costo de renunciar. Si te presionan a firmar una renuncia en vez de que te despidan por necesidades de la empresa, no solo pierdes la indemnización y el aviso previo: también quedas fuera del Fondo Solidario.
Cómo cobrarlo
2. Solicítalo en AFC Chile, en línea o presencial. No necesitas intermediarios ni pagar por el trámite.
3. Los pagos son mensuales. Debes mantenerte cesante.
4. Si al terminar los giros queda saldo en tu cuenta, puedes solicitarlo.
Verifica primero que tu empleador haya enterado las cotizaciones. Si no lo hizo, el seguro no tendrá los fondos — y eso es exactamente uno de los perjuicios que habilita la Ley Bustos. Revisa tu certificado en AFC antes de firmar el finiquito.
Preguntas frecuentes
¿El seguro de cesantía se descuenta de la indemnización?
En despidos por necesidades de la empresa, el empleador puede imputar a la indemnización la parte del aporte que él hizo a tu cuenta individual. Es una de las razones por las que el monto del finiquito puede venir menor de lo calculado — revisa que esa imputación esté desglosada y correcta.
¿Puedo cobrarlo si encuentro trabajo al mes siguiente?
Los pagos requieren mantenerse cesante. Al reincorporarte, cesan — pero el saldo queda en tu cuenta para una próxima vez.
¿Cotiza para AFP mientras lo recibo?
Los pagos con cargo al Fondo Solidario contemplan cotización previsional. Los de la cuenta individual funcionan distinto; conviene consultarlo en AFC para tu caso.
¿Y si mi contrato era a honorarios?
El seguro cubre a trabajadores dependientes con contrato de trabajo. A honorarios no hay afiliación a este seguro.
Fuentes
- AFC Chile — Administradora de Fondos de Cesantía
- ChileAtiende — seguro de cesantía
- Ley N°19.728 — Seguro Obligatorio de Cesantía
- Dirección del Trabajo — término de contrato
Última revisión: 14 de agosto de 2026. Los requisitos del Fondo Solidario tienen condiciones adicionales según el caso; verifica el tuyo directamente en AFC.