Calculadora de Finiquito Chile 2026

Estima gratis cuánto te corresponde de finiquito: feriado proporcional, indemnización por años de servicio y aviso previo, según el Código del Trabajo.

✓ Basado en el Código del Trabajo ✓ Gratis y sin registro ✓ Cálculo en tu navegador

Calcula tu finiquito

Completa los datos de tu contrato. Todo se calcula en tu dispositivo; no se guarda nada.

La indemnización por años de servicio y el aviso previo solo aplican en el Art. 161.
Sueldo base imponible. No incluyas colación ni movilización.
Días hábiles de feriado que ya usaste (en toda tu antigüedad).
Ej: si te vas el día 15 y ese mes no se ha pagado.
Bonos o comisiones devengados y no pagados.
Si tu contrato la contempla y quedó pendiente.
Solo afecta sueldos sobre ~$3,5M. Actualízalo si quieres precisión.
Total estimado del finiquito $0 bruto de haberes · antes de descuentos
ConceptoMonto

Estimación referencial. No reemplaza el finiquito oficial ni la asesoría de un abogado. Muestra el bruto de haberes; el líquido final puede ser menor por cotizaciones (AFP + salud) e impuesto sobre las remuneraciones (las indemnizaciones están exentas hasta ciertos topes).

Cómo se calcula tu finiquito en Chile

El finiquito es la suma del dinero que tu empleador te debe al terminar el contrato. Se compone de estos conceptos:

1. Feriado proporcional (vacaciones)

Corresponde siempre, incluso si renuncias. Por cada mes trabajado acumulas 1,25 días hábiles de vacaciones (15 días al año ÷ 12). Los días que no alcanzaste a tomar se pagan en dinero, convirtiéndolos a días corridos (sumando los fines de semana y festivos comprendidos) y multiplicándolos por tu valor diario (sueldo ÷ 30).

2. Indemnización por años de servicio

Solo si te despiden por necesidades de la empresa (Art. 161) y llevas al menos un año. Equivale a un mes de sueldo por cada año trabajado (y por la fracción superior a 6 meses), con tope de 11 años y una base máxima de 90 UF.

3. Indemnización sustitutiva del aviso previo

También solo en el Art. 161: si no te avisaron con 30 días de anticipación, te deben pagar un mes de sueldo adicional.

4. Remuneraciones pendientes

Los días trabajados del último mes que aún no te han pagado, más cualquier bono o comisión devengado.

¿Cuándo te deben pagar el finiquito?

La Dirección del Trabajo establece un plazo de 10 días hábiles desde la separación para que el finiquito esté disponible y pagado, salvo que se pacte pago en cuotas ante un ministro de fe.

Preguntas frecuentes

Si renuncié, ¿me corresponde indemnización?
No. La indemnización por años de servicio y el aviso previo solo aplican cuando te despiden por necesidades de la empresa (Art. 161). Si renuncias, te corresponde el feriado proporcional y las remuneraciones pendientes.
¿Qué es el feriado proporcional?
Es el pago en dinero de las vacaciones que acumulaste (1,25 días hábiles por mes) y no alcanzaste a tomar antes de terminar el contrato. Se paga en cualquier causal de término.
¿Cuánto es la indemnización por años de servicio?
Un mes de la última remuneración por cada año trabajado (y fracción superior a 6 meses), con tope de 11 años y una base máxima de 90 UF. Solo aplica en despidos por necesidades de la empresa (Art. 161).
¿Cuándo me deben pagar el finiquito?
Dentro de 10 días hábiles desde la separación, según la Dirección del Trabajo, a menos que se pacte pago en cuotas ratificado ante un ministro de fe.
¿Este cálculo es oficial?
No. Es una estimación referencial basada en el Código del Trabajo. El monto oficial lo determina tu empleador en el finiquito, y ante diferencias puedes reclamar en la Dirección del Trabajo o con un abogado laboral.

Base legal