Los dos topes de la indemnización: 11 años y 90 UF

La indemnización por años de servicio no crece indefinidamente. Tiene dos techos distintos que operan sobre cosas distintas — y confundirlos es la razón más común de que un cálculo no cuadre.

✓ Arts. 163 y 172 ✓ Con la UF al 14-ago-2026

Dos topes, dos cosas distintas

Suenan parecido pero no lo son. Uno limita cuántos años se pagan; el otro, sobre cuánto sueldo se calcula.

Tope de 11 añosTope de 90 UF
Qué limita Los años computables La base de cálculo mensual
Norma Art. 163 Art. 172
A quién afecta Antigüedad sobre 11 años Sueldos sobre ~$3,68 millones
Excepción Contratos vigentes anteriores al 14-08-1981 No tiene

Pueden aplicarse los dos a la vez. Alguien con 20 años de antigüedad y sueldo de $5 millones choca contra ambos.

Tope 1: once años

La indemnización equivale a un mes de remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, con un máximo de 330 días — es decir, 11 meses de sueldo.

Ese detalle mueve un mes entero de sueldo. Si estás cerca del límite, la fecha exacta de término importa mucho.

La excepción de 1981

El tope de 11 años aplica a los contratos celebrados a partir del 14 de agosto de 1981. Quien mantenga vigente un contrato anterior a esa fecha no tiene tope de años: se le paga un mes por cada año trabajado, sin límite.

Son pocos casos, pero existen — y cuando existen, la diferencia es enorme. Si llevas más de cuatro décadas en la misma empresa, revisa la fecha de tu contrato original.

Tope 2: noventa UF

El artículo 172 fija que la base de cálculo no puede exceder 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

Si tu remuneración mensual está por debajo de ese monto, este tope no te afecta en nada. Si está por encima, la indemnización se calcula como si ganaras 90 UF.

La UF se reajusta a diario, así que el monto en pesos cambia. Lo que se mantiene fijo son las 90 UF.

Qué entra en la base

La "última remuneración mensual" del artículo 172 incluye la remuneración regular: sueldo base, cotizaciones de cargo del trabajador y asignaciones permanentes. Se excluyen los pagos esporádicos, las horas extraordinarias y los beneficios no permanentes.

Si tienes semana corrida o gratificación mensual y permanente, deben estar consideradas: suben la base.

Los dos topes juntos, en un caso

Caso: 18 años de antigüedad, remuneración de $5.000.000, despido por necesidades de la empresa.

PasoSin topesCon topes
Años computables1811 tope Art. 163
Base mensual$5.000.000$3.676.590 tope 90 UF
Indemnización$90.000.000$40.442.490
Sin topes
18 × $5.000.000
$90.000.000
Con topes
11 × $3.676.590
$40.442.490
Los dos topes juntos reducen la indemnización a menos de la mitad.

Puedes correr tu caso en la calculadora de indemnización, que aplica ambos topes automáticamente.

Dónde NO se aplican estos topes

Este es el punto que más confusión genera al revisar un finiquito:

ConceptoTope 11 añosTope 90 UF
Indemnización por años de servicio✅ Sí✅ Sí
Aviso previo sustitutivoes 1 mes fijo✅ Sí
Feriado proporcional❌ NoNo
Remuneraciones pendientes❌ No❌ No

La fila del feriado proporcional es la que más se equivoca. Es remuneración devengada, no indemnización: se paga sobre tu sueldo real aunque supere las 90 UF.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pactar una indemnización mayor?

Sí. Los topes son mínimos legales garantizados, no máximos absolutos. Un contrato individual o un convenio colectivo puede mejorar las condiciones.

¿Qué UF se usa: la del despido o la del pago?

La del último día del mes anterior al pago. Si te despiden en marzo y te pagan en abril, se usa la UF del 31 de marzo.

Tengo 11 años y 8 meses, ¿me pagan 12?

No. La fracción superior a seis meses te llevaría a 12 años, pero el tope corta en 11. Desde los 11 años y un día, el monto ya no crece.

¿Aplican si renuncio?

No, porque en la renuncia no hay indemnización por años de servicio. Los topes solo importan cuando el despido es por necesidades de la empresa o desahucio — ver renuncia vs. despido.

Fuentes

Última revisión: 14 de agosto de 2026, con UF de $40.851. El equivalente en pesos de las 90 UF cambia a diario; el tope en UF no.

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